Ventajas del Proyecto
- Excelente Ubicación en el Corazón de Mesoamérica.
- Zona comercial con potencial logístico más importante del Sur de México.
- 45 Países tienen Tratados de Libre Comercio con México.
- Multifuncionalidad con Carga y Servicios de Logística existentes.
Ventajas Fiscales

Vialidades dentro del Recinto Fiscalizado Estratégico.
- Las mercancías no pagarán impuestos al comercio exterior, cuotas compensatorias e IVA.
- Las mercancías no estarán obligadas al cumplimiento de regulaciones, permisos y Normas Oficiales, excepto en materia de sanidad animal y vegetal, salud pública, medio ambiente y seguridad nacional.
- Las mermas resultantes de los procesos de elaboración, transformación o reparación no pagarán impuestos al comercio exterior, cuotas compensatorias e IVA.
- Los desperdicios no retornados tampoco pagarán contribuciones siempre que se demuestre que han sido destruidos.
- Para sus procesos, las empresas instaladas podrán introducir maquinaria y equipo por un plazo mínimo de diez años sin el pago de impuestos.
- No Pago de IVA en introducción y enajenación.
- Se podrán introducir a este régimen de recinto fiscalizado estratégico por un tiempo limitado que establece la ley del Impuesto sobre la Renta para su depreciación:
- Maquinaria, equipo, herramienta, instrumentos, moldes y refacciones destinados a los procesos productivos.
- Equipos y aparatos para el control de la contaminación; para la investigación o capacitación, de seguridad industrial, de telecomunicaciones y computo, de laboratorio, de medición, de prueba de productos y control de calidad; así como aquellos que intervengan en el manejo de materiales relacionados directamente con los bienes objetos de elaboración, transformación o reparación y otros vinculados con el proceso productivo.
- Equipo para el desarrollo administrativo.
Ventajas de Flexibilidad Jurídica
- Importase definitivamente.
- Exportarse definitivamente.
- Retornarse al extranjero o reincorporarse al mercado nacional.
- Importarse temporalmente por maquiladoras o por empresas con programas de exportación.
- Destinarse al régimen de depósito fiscal.
Ventajas Aduanales
- No se pagarán impuestos al comercio exterior, ni cuotas compensatorias, de lo dispuesto por los tratados de los que México sea parte.
- No estarán obligadas al cumplimiento de regulaciones, permisos y Normas Oficiales, excepto en materia de sanidad animal y vegetal, salud pública, medio ambiente y seguridad nacional.
- Las mercancías podrán destinarse al régimen mediante registro automatizados o el pedimento respectivo.
- Las mercancías nacionales o nacionalizadas se consideran exportadoras cuando se destinen a este régimen.
LEY ADUANERA ART. 135-B
Ventajas Hacendarias
- El plazo de permanencia de las mercancía será hasta por dos años, excepto para activo fijo, cuyo plazo será conforme a lo dispuesto por la ley del ISR para su depreciación.
- Los desperdicios no retornados no causaran contribuciones.
- Las mermas resultantes de los procesos de elaboración , transformación o reparación no causaran contribuciones ni cuotas compensatorias.
- No pago de IVA en introducción y enajenación.
- No pago de IEPS en la introducción.
Ventajas de Operación
- No se requiere inscripción en padrones sectoriales.
- No está sujeta a aduana exclusivas.
- Se simplifica el trámite de entrada y salida de mercancías.
- Operaciones con pedimento o con aviso electrónico.
- No está sujeta a segundas revisiones.
DECRETO (30/XI/2006) |